Cómo ya comentamos en una entrada anterior, el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, eliminó la posibilidad de conceder aplazamientos o fraccionamientos de determinadas deudas tributarias. Cómo las derivadas de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y de tributos que, como el IVA, deben ser legalmente repercutidos. El[…]
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