Una de las medidas fiscales que más ha afectado a empresarios y profesionales, que tienen problemas de liquidez a finales de año, ha sido la no aceptación de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las siguientes deudas:
Los aplazamientos o fraccionamientos cuyos procedimientos se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017 se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión.
Además, las deudas que no son aplazables, tampoco podrán pagarse en especie:
A partir del 1 de enero se encarece el Impuesto sobre Sociedades que tienen que pagar algunas empresa
No es que se modifique el porcentaje de tributación sobre el beneficio de las empresas, que se mantiene en el 25% previsto para 2017, pero se limitan las deducciones aplicables en este impuesto y las posibilidades de compensar las pérdidas fiscales de años anteriores para las grandes empresas.
Puedes encontrar información más detallada en los siguientes enlaces:
Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
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