El Registro de la Jornada Laboral Diaria será obligatorio
Abr 09, 2019

El Registro de la Jornada Laboral Diaria será obligatorio

A partir del 12 de mayo de este año, el registro de la jornada laboral diaria será obligatorio según Real Decreto-ley.

¿Control o mejora para el trabajador?

El pasado 8 de marzo fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2018, para tomar medidas urgentes en contra de la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Entre otras cosas, se hace obligatorio el registro de la jornada laboral diaria de los trabajadores. El motivo evitar las horas extras no bonificadas, así como ayudar a la conciliación familiar.

¿En qué consiste este registro de la jornada laboral diaria?

Hasta ahora la empresa sólo tenía la obligación de registrar la jornada laboral de los trabajadores a tiempo parcial, contabilidad la totalidad mensual. Pero a partir del 12 de mayo, la empresa tiene la obligación también de registrar el horario/jornada laboral diaria de todos sus trabajadores.

Independientemente del tipo de contrato que tengan. Este registro ahora será diario, y debe incluir el horario de entrada al igual que el de salida.

Estos registros deberán estar en todo momento a disposición del trabajador, así como de la Inspección de Trabajo; o inclusive de los representantes sindicales. El empresario tiene la obligación de guardar estos registros durante cuatro años.

Ante una Inspección laboral ¿la empresa puede ser sancionada?

Efectivamente, ante una Inspección de Trabajo y Seguridad Social la empresa puede ser sancionada económicamente. Si el registro de la jornada laboral diaria de sus trabajadores no está hecho de manera correcta. Se considerará una infracción grave, pudiendo recibir multas de más de 6.000 euros.

Registro de la Jornada Laboral Diaria
Registro de la Jornada Laboral Diaria

¿Cuáles son las 4 características principales de esta nueva normativa?

1. Obligación de la empresa de registrar la jornada diaria de cada trabajador.

2. Los empleados deberán conocer la duración y distribución de su jornada ordinaria de trabajo, así como su horario laboral.

3. Los empleados tendrán la obligación de fichar los tiempos de descanso, así como la entrada y salida de su puesto de trabajo.

4. Cada trabajador deberá recibir la relación de horas ordinarias y extraordinarias que ha realizado cada mes junto con el recibo de salario.

No hay un modelo establecido para el registro de la jornada laboral diaria, cada empresa puede optar por el que crea más conveniente. Eso sí, siempre que garantice la fiabilidad de los datos y refleje los campos necesarios para ello (ejem.: hora de inicio y finalización, firma trabajador…).

Desde aquí os podéis descargar un ejemplo de pdf de registro diario.

Descárgate también la Guía que ha publicado el Ministerio de Trabajo.

Esperamos que os sea útil.

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