Nueva ley de autónomos 6/2017, de 24 de Octubre, de reformas urgentes del trabajo autónomo.
El colectivo de los autónomos es uno de los que más empleo, no solo autoempleo, genera. Tendemos a imaginar que son las grandes compañías las que contratan a los empleados, pero existe un porcentaje aún mayor en la pyme. Y esa pyme está formada, en gran medida, por este colectivo.
El autónomo no siempre tiene facilidades, y mucho menos a la hora de arrancar. Parece que el Gobierno se ha dado cuenta de esta problemática e intenta ayudar a suavizar los gravámenes con una serie de medidas para la nueva ley de autónomos que muchos han calificado como “insuficientes” comparadas con el resto de países europeos.
El Congreso ha aprobado y el Senado ratificado una nueva ley de autónomos con varias mejoras respecto a la anterior, (eliminación):
Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años.
Los que vuelvan a reemprender, podrán optar de nuevo a esta tarifa pasados tres años desde que la disfrutaron.
Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los primeros 12 meses de actividad, se pagarán esos 50 euros mensuales, mientras que en los seis siguientes la cuota mensual tiene una bonificación del 50% y en los seis siguientes, del 30%.
Se aplican mejoras para los emprendedores con discapacidad.
Se reducen los recargos si se paga tarde a la Seguridad Social. En primer mes, el recargo es del 10%, frente al 20% actual.
Son deducibles en el IRPF un 30% de los gastos de suministros (agua, luz, telefonía…), siempre que se trabaje desde casa.
Tales gastos serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
El procedimiento para calcular el importe deducible de estos gastos se muestra a través del siguiente ejemplo:
La vivienda habitual de un contribuyente tiene 100 m². El contribuyente afecta a la actividad económica que desarrolla 40 m². Los gastos anuales por suministros ascienden a 5.000 euros.
Proporción de la vivienda habitual afecta: 40 m² / 100 m² = 40%
Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%
Gastos deducibles: 5.000 € x 12% = 600 €
Son deducibles en el IRPF en estimación directa los gastos de manutención, cuando afecta directamente a la actividad en 26,67 euros diarios en municipio distinto del lugar del trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia. Si es en el extranjero, el importe a deducir se eleva a 48 euros. artículo 9.A.3.a) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.La cuota se pagará desde el día efectivo de las altas o las bajas en el Régimen Especial (RETA) y no todo el mes como hasta ahora. Actualmente, y aunque el trabajador se diera de alta en el sistema el día 28 de un mes, debía abonar el mes completo.
La cuota se pagará desde el día efectivo de las altas o las bajas en el Régimen Especial (RETA) y no todo el mes como hasta ahora. Actualmente, y aunque el trabajador se diera de alta en el sistema el día 28 de un mes, debía abonar el mes completo.
Se permiten tres altas y tres bajas en el mismo año.
Se permite cambiar hasta cuatro veces al año la base de la cotización, en función de los ingresos.
Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin necesidad de que la soliciten.
El autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
La cuota de los autónomos ya no subirá automáticamente según se incremente el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). A partir de ahora dependerá de lo que se determine en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), tras negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes.
Se establece una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento… Es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poderse acoger a la tarifa plana como el resto.
Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, acogimiento…
Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
Los autónomos podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
Se reconoce el accidente ‘in itinere’ (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100% un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses.
Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas serán consideradas de “utilidad pública”.
Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico y Social (CES) y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
Estas mejoras de la nueva ley de autónomos no entrarán en vigor hasta el 1 de enero de 2018, por lo que quienes estén pensando en autoemplearse, les saldrá más rentable esperar hasta entonces.
¿Quieres descargarte nuestra infografía de la nueva ley de autónomos? 🙂 Sigue este enlace.
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