¿Qué pasa si falta al trabajo por el temporal “Filomena”?
Ene 12, 2021

¿Qué pasa si falta al trabajo por el temporal “Filomena”?

La falta al trabajo por el temporal “Filomena”

Según están las calles hay mucha gente que no ha podido acudir a su centro de trabajo. La nieve, y ahora el hielo, les impiden llega; a lo que unimos también el cierre de los colegios y por tanto tener que quedarse al cuidado de los hijos.

Al ser una ausencia por “fuerza mayor temporal” (artículo 45.1, 47, y 51.7 ET ), no se considera incumplimiento de las obligaciones laborales; por lo que no puede ser sancionado.

Pero tampoco se puede tratar como un permiso retribuido.

Por ello hay que llegar a un acuerdo entre trabajador y empresario, para solventar de la mejor manera la falta al trabajo por el temporal “Filomena”.

Nuestras recomendaciones:

  1. Sustitución por teletrabajo si este es posible.
  2. Recuperación de horas no trabajadas.
  3. No es compensable por vacaciones.
  4. Se puede tomar como día de libre disposición si el convenio colectivo prevé una bolsa de horas o días propios.

Si tienes alguna duda al respecto, llámanos y te asesoraremos según tu caso particular.

 

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